El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso interpuesto por el PP y la cuestión de inconstitucionalidad presentada por un Juzgado de Tenerife en contra de la anulación de la lista presentada por los populares en la localidad de Garachico, que estaba conformada íntegramente por mujeres.
Queda así avalada la Ley de Igualdad que estableció la obligación de los partidos de presentar listas paritarias a las elecciones. En las autonómicas y municipales de mayo pasado, los partidos se vieron obligados a formar listas que no contemplaran ni más de un 60 por ciento ni menos de un 40 por ciento de hombres o mujeres. Por esta razón fue prohibida la lista del PP de Garachico. El Grupo Popular del Congreso presentó recurso por entender que la Ley vulnera hasta seis preceptos constitucionales sobre la libertad de los partidos políticos a confeccionar candidaturas, la libertad de ideología, o incluso el pluralismo político.
Pero el TC no les ha dado la razón.
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